Quien diga la verdad y muestre el lado oscuro u oculto de las cosas está condenado a callar, a no ser libre y a ser censurado por parte de las personas que se ven implicadas o afectadas si se demuestra el lado malvado de alguna situación.
El comunicador Luis Agustín González, director de el periódico Cundinamarca Democrática, ha sido sometido a 20 meses de prisión y una multa de veinte salarios mínimos por el Juzgado Primero Penal de Fusagasugá (Cundinamarca), esto se debe a ¨¡No más!¨ una opinión publicada en el mismo diario en la que él plantea varias irregularidades y puntos en contra acerca de la administración y del trato amargo por parte de la exbogernadora Leonor Serrano de Camargo.
González, estuvo en todo su derecho de escribir lo que publicó en aquel artículo, en el que es notable y firme su posición, su sed de justicia, sus ganas de generar opiniones y reflexiones a los fusagasugueños respecto a el mandato que ejerció y sobre la nueva postulación que realizó para un escaño en el senado de la República.
Lastimosamente la justicia es simplemente un ideal y la violación de derechos es el pan de cada día para un sin número de individuos aquí en Colombia y en todo el mundo. La judicialización de González no es apta, pues el debido a su profesión, tiene la responsabilidad de contar los hechos como son, sin embellecer u adornar cada una de las realidades, ser periodista es estar a favor del pueblo, velar por sus derechos, generar pensamientos reflexivos y críticos que le permita una sociedad tomar decisiones y hablar con propiedad respecto a un tema y/o acto.
Este es un caso más de violación de derechos, como lo es el asesinato de periodistas en Siria, México, Honduras e Irak en los últimos días.
En el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se plantea:
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Es notable que en el proceso judicial a el que está siendo sometido González, ocurre algo extraño, pues el derecho a la libre expresión no se está cumpliendo, ni respetando como es debido.
Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura. (Artículo 20 de la Constitución Política de Colombia).
Es preocupante que se esté censurando y judicializando por este hecho, pues la condena impuesta a el director de Cundinamarca Democrática hace pensar que si eso ocurrió, en cualquier momento va a terminar pasando algo similar a el chiste respecto al cierre de Megaupload, ¨tengo miedo de cantar en el baño y que llegue el FBI a arrestarme porque la canción no es mía¨.
Cibergrafía
Bogotá, A. d. (s.f.). Alcaldía de Bogotá. Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125
Espectador, E. (s.f.). El Espectador. Obtenido de
HUMANOS, D. U. (s.f.). Wikipedia . Obtenido de http://es.wikisource.org/wiki/Declaraci%C3%B3n_Universal_de_los_Derechos_Humanos
El comunicador Luis Agustín González, director de el periódico Cundinamarca Democrática, ha sido sometido a 20 meses de prisión y una multa de veinte salarios mínimos por el Juzgado Primero Penal de Fusagasugá (Cundinamarca), esto se debe a ¨¡No más!¨ una opinión publicada en el mismo diario en la que él plantea varias irregularidades y puntos en contra acerca de la administración y del trato amargo por parte de la exbogernadora Leonor Serrano de Camargo.
González, estuvo en todo su derecho de escribir lo que publicó en aquel artículo, en el que es notable y firme su posición, su sed de justicia, sus ganas de generar opiniones y reflexiones a los fusagasugueños respecto a el mandato que ejerció y sobre la nueva postulación que realizó para un escaño en el senado de la República.
Es inaceptable la utilización de demandas judiciales, especialmente de carácter penal, como mecanismo de presión orientado a silenciar información negativa de quienes ocupan altos cargos públicos o aspiran a ser elegidos popularmente. Pero más grave aún que los jueces y tribunales, encargados de la protección del derecho fundamental a la libertad de opinión, convaliden con sus fallos la intolerancia a la crítica y limiten el papel fiscalizador de la prensa. (Andiarios, en El Espectador).
Lastimosamente la justicia es simplemente un ideal y la violación de derechos es el pan de cada día para un sin número de individuos aquí en Colombia y en todo el mundo. La judicialización de González no es apta, pues el debido a su profesión, tiene la responsabilidad de contar los hechos como son, sin embellecer u adornar cada una de las realidades, ser periodista es estar a favor del pueblo, velar por sus derechos, generar pensamientos reflexivos y críticos que le permita una sociedad tomar decisiones y hablar con propiedad respecto a un tema y/o acto.
Este es un caso más de violación de derechos, como lo es el asesinato de periodistas en Siria, México, Honduras e Irak en los últimos días.
En el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se plantea:
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Es notable que en el proceso judicial a el que está siendo sometido González, ocurre algo extraño, pues el derecho a la libre expresión no se está cumpliendo, ni respetando como es debido.
Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura. (Artículo 20 de la Constitución Política de Colombia).
Es preocupante que se esté censurando y judicializando por este hecho, pues la condena impuesta a el director de Cundinamarca Democrática hace pensar que si eso ocurrió, en cualquier momento va a terminar pasando algo similar a el chiste respecto al cierre de Megaupload, ¨tengo miedo de cantar en el baño y que llegue el FBI a arrestarme porque la canción no es mía¨.
Cibergrafía
Bogotá, A. d. (s.f.). Alcaldía de Bogotá. Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125
Espectador, E. (s.f.). El Espectador. Obtenido de
http://www.elespectador.com/noticias/actualidad/articulo-329848-andiarios-rechaza-condena-periodista-luis-gonzalez
HUMANOS, D. U. (s.f.). Wikipedia . Obtenido de http://es.wikisource.org/wiki/Declaraci%C3%B3n_Universal_de_los_Derechos_Humanos
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